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2 DE DICIEMBRE DE 2022

Convenios y acuerdos salariales Rama Servicios Rápidos

Convenios / C.C.T. Nº 329/2000

Buenos Aires, 1 de noviembre del 2023

Compañeros Trabajadores, Profesionales y Empresarios de la Actividad de la Rama Servicios Rápidos.

N° EXPTE.: 130953235/23
N° de resolución:
Comunicamos que hemos suscripto un acuerdo salarial con la Cámara Argentina de Establecimientos de Servicios Rápidos de Expendio de Emparedados y Afines.
  • Octubre 2023: Se abona una asignación no remunerativa de un 14% + 18% = 32% para el mes de octubre 2023 para todas las categorías.
  • Noviembre 2023: Se abona un aumento en el salario básico del 14 % más una asignación no remunerativa de un 40%.
  • Diciembre 2023: Se abona una asignación no remunerativa de un 66%.
  • Enero 2024: Se abona un aumento en el salario básico del 66 % para todas las categorías.

Las asignaciones no remunerativas correspondientes al aumento salarial trimestral Julio, Agosto, Septiembre deberán efectuar los aportes y contribuciones de obra social y convencionales de mutual y sindicato. A su vez resultarán computables para el cálculo de vacaciones, horas extraordinarias, sueldo anual complementario y premios y conceptos convencionales que se calculen sobre el salario básico (antigüedad, etc.). los conceptos que se calculen sobre el importe no remunerativo pactado tendrán la misma naturaleza.

NOTA: todos los aumentos se calculan sobre el salario basico del mes de mayo 2023.

Los importes referidos precedentemente se abonarán de manera proporcional a los trabajadores a tiempo parcial.

Consejo Federal F.T.P.S.R.C.H.P. y A.