Expte N° 48544920/24
Compañeros trabajadores, profesionales y empresarios de la actividad de la rama heladerías.
Comunicamos que hemos suscripto un acuerdo salarial con la asociación fabricantes artesanales de helados y afines.
MAYO 2024: SE ABONA UNA ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DE UN 15% PARA TODAS LAS CATEGORIAS.
JUNIO 2024: SE INCORPORA EN EL SALARIO BASICO EL NO REMUNERATIVO CORRESPONDIENTE A MAYO 2024.
NOTA: TODOS LOS PORCENTAJES SE CALCULAN SOBRE SALARIOS BÁSICOS DE ABRIL 2024.
La asignación no remunerativa correspondiente al aumento salarial de Mayo deberá efectuar los aportes y contribuciones de obra social y convencionales de mutual y sindicato. A su vez resultará computable para el cálculo de vacaciones, horas extraordinarias, sueldo anual complementario y premios y conceptos convencionales que se calculen sobre el salario básico (antigüedad, etc.). los conceptos que se calculen sobre el importe no remunerativo pactado tendrán la misma naturaleza.
Consejo Federal
F.T.P.S.R.C.P.H. y A
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