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Convenios y acuerdos salariales Rama Heladerías

Convenios / C.C.T. Nº 273/96

Buenos Aires, 10 de Mayo del 2024

N° EX- 48544920/24

Resol. N°:

Compañeros Trabajadores, Profesionales y Empresarios de la Actividad de la Rama Heladerías.

COMUNICAMOS QUE HEMOS SUSCRIPTO UN ACUERDO SALARIAL CON LA ASOCIACION FABRICANTES ARTESANALES DE HELADOS Y AFINES.

MAYO 2024: SE ABONA UNA ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DE UN 15% PARA TODAS LAS CATEGORIAS.

JUNIO 2024: SE INCORPORA EN EL SALARIO BASICO EL NO REMUNERATIVO CORRESPONDIENTE A MAYO 2024.

NOTA: TODOS LOS PORCENTAJES SE CALCULAN SOBRE SALARIOS BÁSICOS DE ABRIL 2024.

 

La asignación no remunerativa correspondiente al aumento salarial de Mayo deberá efectuar los aportes y contribuciones de obra social y convencionales de mutual y sindicato. A su vez resultará computable para el cálculo de vacaciones, horas extraordinarias, sueldo anual complementario y premios y conceptos convencionales que se calculen sobre el salario básico (antigüedad, etc.). los conceptos que se calculen sobre el importe no remunerativo pactado tendrán la misma naturaleza.

Nota: Todos los aumentos se calculan sobre el salario básico del mes de Abril 2024.
Consejo Federal F.T.P.S.R.C.P.H. y A