Convenios y acuerdos salariales Rama Heladerías
Convenios / C.C.T. Nº 273/96
Agosto 2024
Aumento salarial para la rama heladería – c.c.t. nº 273/96
Buenos Aires, 26 de Agosto de 2024
Expte n° 95504578-24
Compañeros trabajadores, profesionales y empresarios de la actividad de la rama heladerías.
Comunicamos que hemos suscrito un acuerdo salarial con la asociación
fabricantes artesanales de helados y afines.
AGOSTO 2024: se abona una asignación no remunerativa de un 5% para todas las categorías.
SEPTIEMBRE 2024: se abona una asignación no remunerativa de un 9,2% para todas las categorías.
OCTUBRE 2024: se abona una asignación no remunerativa de un 13,6% para todas las categorías.
NOVIEMBRE 2024: se abona un aumento en el salario básico del 13,6 % para todas las categorías.
Las asignaciones no remunerativas correspondientes al aumento salarial trimestral Agosto, Septiembre y Octubre deberán efectuar los aportes y contribuciones de obra social y convencionales de mutual y sindicato. A su vez resultarán computables para el cálculo de vacaciones, horas extraordinarias, sueldo anual complementario y premios y conceptos
convencionales que se calculen sobre el salario básico (antigüedad, etc.). los conceptos que se calculen sobre el importe no remunerativo pactado tendrán la misma naturaleza.
Nota: todos los aumentos se calculan sobre el salario básico del mes de junio 2024.
Consejo Federal
F.T.P.S.R.C.P.H. y A