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Convenios y acuerdos salariales Rama Servicios Rápidos

Convenios / C.C.T. Nº 329/2000

Buenos Aires, 26 de Agosto de 2024.

Establecimientos de Servicios Rápidos, Expendio de Emparedados y Afines – c.c.t. nº 329/00

Compañeros Trabajadores, Profesionales y Empresarios de la Actividad de la Rama Servicios Rápidos.

N° de Expediente: 93226276-24
Comunicamos que hemos suscrito un acuerdo salarial con la Cámara Argentina de Establecimientos de Servicios Rápidos de Expendio de Emparedados y Afines.
  • AGOSTO 2024: SE ABONA UNA ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DE UN 6% PARA TODAS LAS CATEGORÍAS.
  • SEPTIEMBRE 2024: SE ABONA UNA ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DE UN 10.2% PARA TODAS LAS CATEGORÍAS.

    OCTUBRE 2024:  SE ABONA UNA ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DE UN 13.5% PARA TODAS LAS CATEGORÍAS.

    NOVIEMBRE 2024:  SE ABONA UN AUMENTO EN EL SALARIO BÁSICO DEL 16.4% PARA TODAS LAS CATEGORÍAS.

     

  • IMPORTANTE: TODOS LOS PORCENTAJES DE AUMENTO SE CALCULAN SOBRE SALARIOS BASICOS DE JUNIO 2024.

Las asignaciones no remunerativas deberán efectuar los aportes y contribuciones de obra social y convencionales de mutual y sindicato. A su vez resultarán computables para el cálculo de vacaciones, horas extraordinarias, sueldo anual complementario y premios y conceptos convencionales que se calculen sobre el salario básico (antigüedad, etc.). los conceptos que se calculen sobre el importe no remunerativo pactado tendrán la misma naturaleza. 

Los importes referidos precedentemente se abonarán de manera proporcional a los trabajadores a tiempo parcial.

Consejo Federal F.T.P.S.R.C.H.P. y A.