Buenos Aires, 24 de julio de 2023
Expte n° 86270088
Compañeros trabajadores, profesionales y empresarios de la actividad de la Rama Heladerías.
Comunicamos que hemos suscrito un acuerdo salarial con la asociación fabricantes artesanales de helados y afines.
Julio 2023: Se abona una asignación no remunerativa de un 20% para los meses de julio y agosto 2023 para todas las categorías.
Septiembre 2023: Se abona un aumento en el salario básico del 20 % más una asignación no remunerativa de un 14% para los meses de septiembre y octubre 2023 para todas las categorías.
Noviembre 2023: Se abona un aumento en el salario básico del 34 % para todas las categorías.
Las asignaciones no remunerativas correspondientes al aumento salarial de Julio, Agosto, Septiembre y octubre deberán efectuar los aportes y contribuciones de obra social y convencionales de mutual y sindicato. A su vez resultarán computables para el cálculo de vacaciones, horas extraordinarias, sueldo anual complementario y premios y conceptos convencionales que se calculen sobre el salario básico (antigüedad, etc.). los conceptos que se calculen sobre el importe no remunerativo pactado tendrán la misma naturaleza.
Nota: todos los aumentos se calculan sobre el salario básico del mes de mayo 2023.
Consejo Federal
F.T.P.S.R.C.P.H. y A